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Gestión de Riesgos Laborales / Empresas con menos de 10 empleados

 

Gestión de Riesgos Laborales 

Empresas con menos de 10 empleados

 


Si representas a un microemprendimiento en cualquiera de los giros de negocio en el ecuador y tu nomina es de menos de 10 empleados, ¿Sabías que tienes obligaciones en seguridad y salud ocupacional ante el Ministerio de Trabajo?

Las microempresas según el INEC (2017), representan el 90,78% de los emprendimientos en el ecuador, por tal motivo este sector representa un sector de gran importancia en la economía ecuatoriana.

Este tipo de emprendimientos generalmente son familiares, por ese motivo u otros posiblemente por desconocimiento, el tener que cumplir con todos los requisitos mandatorios de varias instituciones del estado como SRI, Municipio de Quito, Ministerio de Salud Pública, IESS, entorpecen a que el emprendimiento pueda abrir sus puertas cumpliendo todos los requisitos en forma ágil y eficiente, sin embargo al cumplir con todos estos requisitos, muchas veces se ven sorprendidos al no haber gestionado los riesgos laborales que el Ministerio del Trabajo obliga a los empleadores a través de la plataforma del SUT (Sistema Único del Trabajo).


Estamos hablando de microempresas de servicios, como son restaurantes, mecánicas, lubricadoras, cafeterías, tiendas de comercio de tecnología, entre otros. Este tipo de emprendimientos debe tener abierto un ruc para poder funcionar y cumplir con todos los requisitos establecidos, existe un representante legal que coincide la mayoría de las ocasiones con el dueño del negocio y contratan a personal que deben estar afiliados al IESS y son parte de su nómina.

Los empleadores deben cumplir con todos los requisitos y derechos de sus colaboradores con el fin de evitar la explotación laboral e informalidad que aun existe en el ecuador. 

En la realidad no siempre los empleadores cumplen con todos estos requisitos, el principal motivo que lo motiva es para evitar mayores gastos y aprovechándose de la necesidad de empleo que actualmente existe, se genera un acuerdo entre las partes para trabajar sin seguridad social, sin definición de horarios, sin reconocimiento de horas extras, vacaciones, o atención a emergencias por accidente de trabajo y/o enfermedad profesional.

Lamentablemente el empleador no reconoce los riesgos que tiene al aceptar personal informal, existen sanciones por parte de las entidades de control al no afiliar al IESS, y en el peor de los casos, si el colaborador sufriera un accidente de trabajo, el empleador aparte de responder por los incumplimientos a nivel laboral, debe atender con los gastos médicos que el colaborador genere en el centro de salud, y finalmente si por producto del accidente llegara a perder la vida, lo mas seguro es que tendrá que atender a una demanda civil y penal como empleador.

Como podemos ver, el incumplimiento es sumamente riesgoso para el empleador y por no acatar las normas laborales, su emprendimiento correrá el riesgo de cerrar con el riesgo de quedar endeudado por todos los daños y perjuicios que tendrá que cubrir como resultado de este acontecimiento.

¿Qué es lo que debe hacer?

Los empleadores de este tipo de negocios deben registrar en el SUT (Sistema Único de Trabajo) el “Plan de Prevención de Riesgos Laborales”, registrar al “Técnico de Seguridad Ocupacional y “El Plan de Prevención de Riesgos Laborales”.

Se aconseja que se haga asesorar de un profesional de riesgos laborales para que diseñe e implemente todos los requisitos antes mencionados que son de conocimiento técnico y requieren ser firmados por un profesional en el área.

Sin lugar a dudas, la gestión de riesgos laborales es un requisito indispensable para todos tipos de microemprendimientos que protegen al colaborador y al empleador.

 

Carlos E. Bustamante.
Seguridad, Ambiente y Calidad
Whatsapp: 0998326043

 

 

 

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